Excelencia en la administración de procedimientos extrajudiciales para la prevención y solución de conflictos empresariales

Política de conflicto de intereses

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1. OBJETIVO
 
1.1. Objetivos principales: Garantizar que las acciones de la CAMARB se guíen por:
 
a) en la ética e integridad de todas sus acciones, asegurando procedimientos imparciales y lícitos de resolución de conflictos; 
b) en el mejor interés de la asociación, en los principios generales de Arbitraje, Mediación, Dispute Board y otras formas de prevención y resolución extrajudicial de controversias; y
c) en la toma de decisiones estratégicas y de gestión de forma libre de la influencia de intereses personales, comerciales o de otra índole, ya sean de individuos, organizaciones o grupos.
 
1.2. Otros objetivos: 
 
a) Establecer reglas de relación con el público objetivo; 
b) Apoyo en la identificación de situaciones de potencial Conflicto de Interés por parte de partes relacionadas; 
c) Tramitar todas las situaciones de Conflicto de Intereses mediante un procedimiento estructurado; y
d) Segregar el tratamiento de las situaciones que, según los Estatutos de la CAMARB, están relacionadas con las Competencias Administrativas (más enfocadas a la administración y gestión de la CAMARB), de las Competencias Procesales (más enfocadas a los procedimientos que lleva a cabo la Cámara y que se encuentran regulados por su propia Política).
 
2. PÚBLICO OBJETIVO
 
2.1. El público objetivo de esta Política es:
 
a) Empleados, pasantes, coordinadores, gerentes, superintendentes, secretarios, asistentes de trámites, prestadores de servicios, directores, vicepresidentes, presidente, administradores, consejeros y miembros de otras estructuras administrativas de CAMARB y/o que, de alguna forma, desarrollen actividades a favor de CAMARB (“Colaboradores”);
b) Terceros, incluidos los voluntarios, que realicen actividades relacionadas con los temas objeto de esta Política o mantengan una relación institucional, profesional o contractual con CAMARB (“Terceros”).
 
3. DIRECTRICES
 
3.1. Caracterización del Conflicto de Intereses. 
 
3.1.1. Situación en la que una persona tenga un interés personal, profesional o comercial en una determinada acción, procedimiento o decisión de la CAMARB, que pueda comprometer su independencia e imparcialidad; 
 
3.1.2. El Conflicto de Intereses existe independientemente de la influencia efectiva de intereses secundarios en una decisión determinada o de la ocurrencia de pérdidas; 
 
3.1.3. El Conflicto de Intereses puede involucrar los recursos financieros de CAMARB o no involucrar directamente recursos financieros;   
 
3.1.4. Se presume la existencia de un Conflicto de Intereses en las transacciones con personas o entidades vinculadas a CAMARB, así como en las transacciones con partes relacionadas con ellas.
 
3.2. Transacciones con Personas o Entidades Vinculadas a CAMARB.
 
3.2.1. La contratación o nombramiento de una persona o entidad vinculada a CAMARB para la prestación de bienes o servicios, incluyendo la impartición de clases o conferencias, incluso de forma voluntaria, requiere la aprobación previa del Consejo Ejecutivo y debe informarse al Comité de Ética e Integridad, actuando el Consejo Deliberativo como órgano de revisión, en caso necesario.
 
3.2.2. Queda prohibido contratar a miembros del Consejo Deliberativo, Vicepresidente, Presidente y Director para que presten servicios o suministren bienes a CAMARB, ya sea por sí mismos (incluso a través de entidades jurídicas de las que sean socios) o a través de un intermediario.
 
3.3. Deber de informar.
 
3.3.1. Cualquier persona que identifique un asunto o situación en el que tenga un interés que entre en conflicto con los intereses de CAMARB deberá informar de inmediato de dicho conflicto al Vicepresidente Institucional y/o al Comité de Ética e Integridad. 
 
3.3.2. Si la persona no revela su posible Conflicto de Intereses, cualquier otro miembro de CAMARB que tenga conocimiento del hecho deberá hacerlo. 
 
3.3.3. La falta de divulgación de una situación de Conflicto de Intereses deberá ser reportada por quien haya tenido conocimiento de ella al Vicepresidente Institucional y/o al Comité de Ética e Integridad. 
 
3.4. Deber de abstención.
 
3.4.1. La persona en conflicto deberá abstenerse de actuar, deliberar sobre el asunto en cuestión o, de cualquier manera, influir en la decisión. 
 
3.4.2. Si no se abstiene voluntariamente, el órgano, departamento o sector correspondiente de CAMARB, por ejemplo, el Consejo Deliberativo, la Junta Directiva o los niveles directivos, podrá solicitarle que lo haga.
 
3.5. Registro de situaciones de Conflicto de Interés y transacciones con Partes Relacionadas.
 
3.5.1. Cualquier conflicto real o potencial identificado que se reporte deberá ser registrado por el Superintendente o en el acta de la reunión del Consejo Deliberativo, y puesto en conocimiento del Comité de Ética e Integridad de CAMARB, describiendo claramente, al menos, según corresponda: 
 
a) el nombre de las personas en conflicto; 
b) la clasificación de los intereses secundarios identificados que caracterizaron el Conflicto de Interés; 
c) si la iniciativa de identificar el Conflicto de Intereses provino del propio individuo o de otro miembro del organismo; y
d) el registro de la abstención del individuo dentro de las votaciones registradas. 
 
3.6. Preguntas, Quejas y Decisiones. 
 
Una vez recibidas dudas, consultas, reportes, sugerencias, opiniones, quejas, informes, sobre cuestiones que involucren esta Política, corresponderá a usted, de conformidad con los Estatutos de CAMARB y el Código Ético y de Conducta de CAMARB: 
 
a) Al Superintendente, realizar el registro inicial, análisis preliminar y ponerlo en conocimiento del Presidente de la Junta;
b) Al Presidente del Directorio, adoptar medidas urgentes, de carácter precautorio y/o inmediato, de ser necesario, e informar al Comité de Ética e Integridad;
c) Al Comité de Ética e Integridad de CAMARB: (i) recibir, analizar e informar sobre las quejas, consultas, informes, sugerencias, dictámenes, procedimientos disciplinarios, investigaciones y denuncias recibidas a través de los diferentes canales de comunicación de CAMARB sobre temas relacionados con Ética, Integridad y ASG para que puedan ser deliberados por el Consejo Deliberativo; (ii) orientar, recomendar y asesorar al Consejo Deliberativo para que delibere sobre las quejas, consultas, informes, sugerencias, denuncias, dictámenes, procedimientos disciplinarios e investigaciones recibidas por CAMARB, de conformidad con el Art. 17, párrafo único, del Estatuto de CAMARB.
d) Al Consejo Deliberante de la CAMARB, para deliberar en última instancia.
 
4. POLÍTICA DE CONSECUENCIAS
 
4.1 Medidas preventivas: 
 
a) Las situaciones de conflicto de intereses deberán ser reportadas inmediatamente, tan pronto como sean identificadas, por el individuo directamente involucrado o por cualquier persona que tenga conocimiento de ellas;
b) Toda persona en una situación de conflicto real deberá ser excluida de la deliberación y de su capacidad para influir en la decisión. Toda persona en una situación de conflicto potencial podrá ser excluida, según lo decida el Comité Ejecutivo, el Comité de Ética e Integridad de CAMARB o el Consejo Deliberativo.
 
4.2 Medidas disciplinarias: 
 
a) Dependerán de la gravedad de la situación y/o conducta, así como de las consecuencias que tuvo o pueda tener que afrontar CAMARB y/o la persona. 
b) Podrán incluir: (i) amonestación verbal o escrita, (ii) destitución o suspensión, (iii) aplicación de multa, (iv) indemnización de daños y perjuicios; (v) terminación de los contratos de quienes incurran en casos graves de ilegalidad o incumplimiento de las normas internas de CAMARB y (vi) adopción de las medidas legales y contractuales aplicables.  
c) Cualquier infracción podrá dar lugar también a denuncia ante las autoridades administrativas y/o policiales competentes, según la gravedad y exigencia legal.
 
5. DISPOSICIONES GENERALES
 
5.1. Denuncias: Siempre que sea necesario, el interesado podrá realizar denuncias o reclamaciones a través del Canal de Denuncias de CAMARB.
 
a) Correo electrónico: Ouviria@camarb.com.br
b) Teléfono: 31 3308-9437
c) Sitio web: www.camarb.org.br 
 
5.2. Control de aprobación y revisión

Dato

Responsable

Ajustes

23/06/2025

Diretoria

aprobación

Declaraciones del Anexo
DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES
 
Declaro haber leído la Política de Conflictos de Intereses y acepto cumplir con todos sus términos y condiciones. Si, después de enviar este formulario, tengo conocimiento de algún conflicto de intereses real o potencial, o si la información proporcionada a continuación resulta inexacta o incompleta, lo notificaré de inmediato por escrito al superior jerárquico del órgano al que reporto directamente o al Consejo Deliberativo.
 
Nombre
Carga: 
Firma:
Fecha:
DECLARACIÓN DE PRESENCIA DE CONFLICTO DE INTERESES
 
Declaro haber leído la Política de Conflictos de Intereses y acepto cumplir con todos sus términos y condiciones. Por la presente, declaro la existencia de las siguientes situaciones de conflicto de intereses, reales o potenciales:
 
Si en cualquier momento después de presentar esta declaración se produce un cambio en mi condición, informaré inmediatamente por escrito a la Vicepresidencia Institucional.
 
Nombre
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